19 abril 2017
Sede Madrid
El magistrado de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco y la letrada Beatriz Saura presentaron su libro Cuestiones Prácticas sobre responsabilidad penal de la persona jurídica y Compliance', en un acto organizado por Deusto Business School y Madrid Foro Empresarial.
En el evento, presentado por el director de la escuela de negocios de la Universidad de Deusto en Madrid, Iñaki Ortega, también intervinieron Rafael Chelala, director del Programa de Innovación en Ciberseguridad (PIC) de Deusto Business School e Hilario Alfaro, presidente de Madrid Foro Empresarial.
Tras hacer un repaso al currículum de los autores, Chelala hizo una descripción del libro. Se trata de un manual práctico, escrito en forma de pregunta y respuesta con un lenguaje accesible que aborda una problemática complicada, la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
A continuación, Beatriz Saura, coautora del libro, comentó que es un manual que está hecho a modo de autoconsulta, se han basado en las pautas de la normativa anglosajona en este ámbito pero el problema surge al adaptarlo al entorno español, con el fin de resolver estas dudas nace este libro.
En 2010 aparece en la legislación española por primera vez la responsabilidad de las empresas y pueden ser juzgadas por la vía penal. Con esta reforma, como explicó el juez Velasco, se sigue la línea de prevención de delitos marcadas por otras normativas anteriores como la ley de prevención de riesgos laborales o la ley de protección de datos. En la reforma del Código Penal se incluyen 26 categorías delictivas aplicables a personas jurídicas. También en esta reforma se recogen los tipos de sanciones que se prevén desde las económicas hasta la disolución. Algunas entidades están excluidas de esta normativa, como el Estado y otras administraciones públicas, que solo pueden ser sancionadas económicamente o directamente intervenidas.
También aparece el concepto Compliance o Cultura Corporativa. Es, en palabras de Rafael Chelala, una serie de principios de las empresas en relación a estas categorías de delitos, similar a un plan de prevención de riesgos laborales. Aquí aparece una nueva figura dentro de la empresa, el Compliance Officcer, un asesor en esta materia. Implantar un código de ética empresarial supone un coste para la empresa, debe desarrollarse y ser ejecutado pero es un valor añadido frente a competidores.
El Compliance, como señaló Eloy Velasco, tiene carácter voluntario para las empresas y en caso de delito se basa en un sistema de premios, recompensando a las empresas que tienen implantada una política de compliance.
Para concluir, el juez Velasco señaló que la figura del colaborador con la justicia, que en otros países goza de gran prestigio, en España está muy deteriorada. Toda la sociedad debe mejorar este aspecto. También en muchos casos los organismos reguladores sirven pueden hacer la función de colaborador en las investigaciones. Para ello se necesita cambiar la legislación española, puesto que aquí el colaborador es confidencial pero no anónimo. En este aspecto, Hilario Alfaro, animó a todas las instituciones para seguir luchando en aras de una mejor sociedad.