Conceden el Premio Jesús María Leizaola 2013 a una tesis de Deusto sobre la regulación de los contratos de arrendamiento rústico en el Derecho Civil vasco de los siglos XVI a XIX

El Gobierno Vasco ha concedido el Premio Jesús María Leizaola 2013 a la tesis doctoral: Aspectos sustantivos y procesales del contrato de arrendamiento rústico. Su regulación en el Derecho Civil de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa de los Siglos XVI a XIX y en la Ley 49/2003, de 26 de noviembre. Un medio para la gestión del patrimonio de la persona, defendida por Saioa Artiach Camacho en el mes de mayo en la Universidad de Deusto. Noticias

19 noviembre 2013

Campus Bilbao

La tesis doctoral, que será publicada por el Gobierno Vasco bajo el título: Aspectos sustantivos y procesales del contrato de arrendamiento rústico en el Derecho civil de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa de los siglos XVI a XIX. Un medio para la gestión del patrimonio de la persona, tiene por objeto acreditar que, con anterioridad a la unificación legislativa efectuada por el Código Civil, existía un Derecho foral vasco regulador del contrato de arrendamiento rústico que se inspiraba en los mismos principios y tenía unos contenidos de idéntica naturaleza en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa.

Para realizar su tesis, la investigadora Saioa Artiach examinó el contenido de 382 documentos notariales, judiciales y de carácter privado a los que dieron lugar diversos contratos de arrendamiento rústico otorgados durante los siglos XVI a XIX en los tres territorios históricos del País Vasco -cuya autenticidad queda garantizada porque proceden de archivos históricos, en los que previamente se leyeron un total de 2.673 documentos-.

De este modo, ha determinado las características de las partes contratantes, la tipología de bienes arrendados, las peculiaridades de la renta, la duración del contrato y la forma del mismo. Igualmente, ha estudiado específicamente la utilización de la escritura pública en la que se otorgaba el contrato de arrendamiento rústico para celebrar, además, otros tipos contractuales, entre los que destacan la aparcería agrícola y la admetería de ganado.

Seguidamente, Saioa Artiach analizó las principales obligaciones asumidas por los arrendadores y arrendatarios vascos durante el periodo histórico mencionado y las distintas vías empleadas para garantizar su cumplimiento. Además, identificó las particularidades de la intervención pericial y de las figuras del subarriendo y cesión del arrendamiento.

Finalmente, saca a la luz las distintas normas consuetudinarias forales reguladoras del contrato de arrendamiento rústico referidas en la documentación analizada, confirma su prelación respecto a la normativa castellana y constata las normas de Derecho romano y castellano a las que los contratantes renunciaban de forma expresa. Asimismo, repara en la pretensión de instaurar un cuerpo legal común para todo el territorio del Estado inspirado en el Derecho castellano y en las consecuencias causadas en la vigencia de la normativa civil propia, para razonar acerca de la garantía constitucional y estatutaria que posibilita su conservación, modificación y desarrollo. Por otra parte, verifica las peculiaridades de los procesos judiciales sustanciados durante los siglos XVI a XIX en materia arrendaticia.

A lo largo de la tesis doctoral presentada quedan acreditados los siguientes extremos:

1 Con anterioridad a la Codificación, existía un Derecho foral vasco en el que el contrato de arrendamiento rústico se inspiraba en unos principios y tenía unos contenidos de idéntica naturaleza en los tres territorios históricos.

2 El arrendamiento rústico se regía por las disposiciones libremente estipuladas por las partes y, en su defecto, por la Costumbre, de modo que la aplicación del Derecho castellano resultaba subsidiaria.

3 Las normas forales de los tres territorios históricos estaban dotadas de un espíritu humano, en el que yacía el anhelo de justicia y libertad, motivo por el cual tenía un gran arraigo el principio de autonomía de la voluntad y el principio de equidad, en virtud del cual las normas jurídicas se adaptaban a las circunstancias específicas, para así evitar situaciones de fraude o lesión. Existía una concepción solidaria de la propiedad, con lo que esta tenía una función social, se respetaba y consideraba ampliamente a la persona y los principios de buena fe y de concentración familiar y permanencia de la casa revestían especial importancia.

De esta forma, la nueva doctora de la Universidad ha acreditado su hipótesis de trabajo: con anterioridad a la Codificación, existía un Derecho foral vasco basado en la lex contractus y en numerosas normas consuetudinarias, de modo que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 149.1.8 de la Constitución y por el artículo 10.5 del Estatuto de Autonomía del País Vasco, queda posibilitada y justificada la aprobación de una ley que regule esta institución en el ámbito autonómico.

Saioa Artiach ha realizado Derecho en Deusto, el Máster en Abogacía y Práctica Jurídica y el Doctorado en Derecho. Igualmente, ha participado en diversas jornadas, reuniones científicas y simposios organizados por la Universidad y ha formado parte del Equipo de Investigación de Derecho Civil Vasco de la Facultad de Derecho, cuyas actividades fueron declaradas Línea prioritaria. Asimismo, ha trabajado durante años en investigaciones cuya subvención venía canalizada a través de Deiker, la Universidad me ha otorgado distintas becas de investigación y he publicado varios artículos con su Servicio de Publicaciones.