Simulador de Becas Deusto para estudios de Grado.
Información general de la convocatoria de Becas UD para estudios de Grado.
Las Becas Deusto se dirigen a estudiantes matriculados en centros propios de la Universidad de Deusto y que hayan mostrado su interés en participar en este programa de becas, que no estén en posesión de título universitario oficial previo y que realicen o vayan a realizar:
- Estudios Oficiales de Grado
- Programación Conjunta de Estudios Oficiales
- Programa Formativo Combinado con título propio
La concesión de la beca tendrá carácter anual, pudiendo ser renovada curso a curso siempre que el estudiante presente la solicitud debidamente cumplimentada y firmada, de acuerdo a la correspondiente convocatoria, y se cumplan los requisitos en ella establecidos.
En los programas formativos combinados y en la simultaneidad de plan de estudios oficial mas plan propio asociado a Grado, la beca concedida se aplicará a todas las asignaturas de nueva matricula, también a las del plan del título propio.
BOUD - Resolución por el que se establece el procedimiento del Programa de Becas Deusto
CONVOCATORIA Beca Deusto curso 2023-2024
FOLLETO INFORMATIVO
Dotación
Las Becas Deusto son de naturaleza dineraria, consistentes en un descuento porcentual sobre el coste de nuevas asignaturas. Las ayudas irán hasta un máximo del 40% del importe, que se calcula y descuenta exclusivamente sobre las mensualidades de enseñanza.
No serán de aplicación en la matrícula ni en las tasas de reconocimiento.
Estas ayudas podrían ser completadas con la concesión de un Préstamo al Honor que podría alcanzar hasta un máximo del 80% del coste total de los estudios de Grado para el curso 2023-24, siempre que se cumplan con los requisitos establecidos para ello.
Requisitos
Para optar a estas becas los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos;
1. Requisitos de carácter general
- Estar matriculado en alguno de los estudios recogidos en el apartado "Objeto y Beneficiarios". Para realizar la solicitud no hace falta estar matriculado. Dicho requisito se comprobará desde el Servicio de Becas.
- No poseer titulación universitaria oficial previa.
- Solicitar la Beca de las convocatorias generales oficiales (Gobierno Vasco o Ministerio de Educación).
- Si es residente en la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, y cumple requisitos para ello, solicitar la bonificación en base a precios públicos (convenio Gobierno Vasco), para familias numerosas y miembros de otros colectivos en la Secretaría General de la Universidad.
De la compatibilidad de diferentes programas de becas no podrá resultar, en ningún caso, un beneficio superior al coste real de los estudios matriculados.
2. Requisitos académicos para el curso 2023-24
Estudiantes de nuevo ingreso en estudios de grado de la UD:
- Haber obtenido una nota media igual o superior a 6 en los estudios previos.
- En el caso de proceder de Bachillerato, será la nota de acceso (0,6*Nota Bachillerato + 0,4 * nota de fase general de EAU).
- En caso de cambio de estudios universitarios, el requisito de nota media deberá cumplirse en los estudios de acceso a la universidad (bachillerato, FP) o en el expediente académico universitario.
- Matricular un mínimo de 60 créditos, o el máximo permitido por la aplicación de la normativa académica o el total de créditos necesarios para finalizar estudios.
Estudiantes que renuevan matricula:
- Haber obtenido una nota media en el último curso matriculado de sus estudios igual o superior a 6; para el cálculo de dicha nota media se tendrán en cuenta todas las asignaturas matriculadas (superadas o no) y todas las asignaturas y créditos reconocidos que computen para la nota media, computando el no presentado con puntuación 0.
- En aquellos casos en que, por causa justificada, se haya solicitado y concedido renuncia al derecho de evaluación en la convocatoria, dicha asignatura no computará para el cálculo de la nota media.
- Haber superado el 70% de los créditos matriculados en el último año académico; a estos efectos no computan los créditos y asignaturas reconocidas ni las asignaturas en que se hubiera concedido renuncia al derecho a la convocatoria de evaluación.
- Matricular un mínimo de 60 o el máximo permitido por la aplicación de la normativa académica o el total de créditos faltante para finalizar estudios.
3. Requisitos económicos para el curso 2023-24
A. UMBRALES DE RENTA
La renta familiar no podrá superar los límites de los siguientes umbrales:
UMBRAL1 | ||||||||
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Miembros de la Unidad Convivencial | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 |
Renta máxima | 16.310 | 27.841 | 37.791 | 44.880 | 50.162 | 54.151 | 58.095 | 62.024 |
- Requisito: Nota media igual o superior a 6 en la nota de acceso.
- Dotación: Hasta el 40%
Superado el primer umbral de renta, se podrá optar a la beca de hasta el 20% cumpliendo los requisitos de los siguientes tres umbrales, incluyendo la nota específica en cada uno. Para dicha nota se tendrá en cuenta la nota media del curso académico anterior.
UMBRAL 2 | ||||||||
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Miembros de la Unidad Convivencial |
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 |
Renta máxima | 17.792 | 30.372 | 41.226 | 48.950 | 54.722 | 59.074 | 63.377 | 67.662 |
- Requisito: Nota media igual o superior a 7 en la nota de acceso.
- Dotación: Hasta el 20%
UMBRAL 3 | ||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Miembros de la Unidad Convivencial |
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 |
Renta máxima | 20.016 | 34.169 | 46.379 | 55.100 | 61.563 | 66.458 | 71.299 | 76.120 |
- Requisito: Nota media igual o superior a 8 en la nota de acceso.
- Dotación: Hasta el 20%
UMBRAL 4 | ||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Miembros de la Unidad Convivencial | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 |
Renta máxima | 22.241 | 37.955 | 51.533 | 61.200 | 68.403 | 73.842 | 79.221 | 84.578 |
- Requisito: Nota media igual o superior a 9 en la nota de acceso.
- Dotación: Hasta el 20%
B. UMBRALES DE PATRIMONIO
Se denegarán las ayudas solicitadas, cuando el valor de los bienes y/o de los rendimientos patrimoniales de la unidad familiar supere los siguientes límites:
Rendimientos del capital | El rendimiento del capital de la Unidad Convivencial (Base Imponible del Ahorro) no deberá superar los 2.100 € |
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Fincas urbanas | La suma de los valores catastrales no podrá superar los 42.900 €. No se computará la vivienda habitual. El número de viviendas propiedad de la unidad convivencial no podrá superar 1,5 (sin computar la vivienda habitual) |
Cuando sean varios los elementos indicativos del patrimonio descritos, se calculará el porcentaje de cada elemento respecto al umbral correspondiente. La suma de estos porcentajes no podrá superar el valor 100.
C. UMBRALES DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
El volumen total de facturación de las actividades económicas del ejercicio fiscal de todos los miembres de la unidad convivencial no deberá superar 169.470 €
NOTA: La Beca será revocada si la Solicitud de Beca de la convocatoria oficial es denegada por alguno de estos requisitos económicos patrimoniales.
Cálculo de los ingresos de la unidad convivencial/familiar
- La persona solicitante es la responsable de cuanta información de carácter económico facilite en la solicitud y tiene la obligación legal de presentar documentación que justifique la totalidad de los ingresos de su unidad convivencial/familiar.
- Si por el conjunto de circunstancias que concurran en cada caso concreto, pudiera apreciarse la existencia de falseamiento de los requisitos necesarios, o de ocultación de las circunstancias que hubieran determinado su denegación, se procederá a modificar la resolución de su concesión o a denegar la ayuda solicitada acordar su reintegro.
Miembros computables
- Se considerarán miembros computables el padre y la madre, el tutor o tutora legal, la persona solicitante y los hermanos solteros menores de 26 años que convivan en el domicilio familiar.
- También podrán considerarse miembros computables los hermanos o hermanas mayores de 26 años que dependan económicamente de la unidad familiar y los ascendientes que convivan de forma permanente en el mismo domicilio.
- Son también miembros computables las personas que, por razón de nuevo matrimonio, o por cualquier otra forma de convivencia, vivan en el mismo domicilio, cuyas rentas y patrimonio serán también computadas.
- En los casos en los que la persona solicitante alegue independencia familiar deberá acreditar suficientemente esta circunstancia. En estos casos se considerarán miembros computables las personas con las que el emancipado conviva en el mismo domicilio. No obstante, la Comisión de Becas, teniendo en cuenta la documentación aportada, valorará la existencia o no de emancipación efectiva a efectos de la resolución de la solicitud de beca.
Rentas familiares
La renta familiar se obtiene considerando la totalidad de los ingresos obtenidos por todos los miembros de la unidad convivencial y/o familiar. Se obtendrá de cada declaración de IRPF del último año natural cerrado. Y será el resultado de: 'la base imponible general' + 'base imponible del ahorro' - 'cuota líquida'. También se computarán, en su caso, los ingresos exentos o no sujetos a IRPF.
En el caso de miembros integrados en la unidad familiar que no sean la persona solicitante, la persona sustentadora principal y su cónyuge o pareja, se computarán al 50%.
Para determinar la renta en aquellos casos en los que no se haya presentado la declaración por el IRPF, se sumará la totalidad de los ingresos obtenidos por cualquier concepto tales como rendimientos del trabajo, prestaciones de desempleo, pensiones, etc., y se restarán las cantidades retenidas por IRPF y los gastos deducibles.
En los casos en los que se declaren ingresos provenientes de trabajo por cuenta propia, las solicitudes de beca se resolverán teniendo en cuenta el volumen de facturación y no el rendimiento final declarado.
En los casos en que los progenitores declaren separación o divorcio, se computarán, como norma general, el 100% de los ingresos del progenitor custodio y el 50% del no custodio. Si la Comisión de becas considera que los ingresos del progenitor custodio son insuficientes para cubrir los gastos, se considerarán como ingresos el 100% de ambos progenitores.
- En el caso de que el convenio regulador especifique “Custodia Compartida”, se considerarán el 100% de los ingresos de ambos progenitores.
- En otros casos, se tendrá en cuenta lo indicado para casos similares en la Convocatoria General de Becas del Gobierno Vasco para el mismo curso académico
La convocatoria establecerá, además, límites económicos máximos, de manera que el solicitante, integrado en una unidad convivencial y/o familiar que supere límite establecido, no tendrá derecho a beca.
En todos los casos, las rentas declaradas tendrán que ser consecuentes con los gastos asumidos tanto por el solicitante como por la unidad familiar de la que dependa. La Comisión de Becas denegará todas aquellas solicitudes en las que las que aprecie incoherencia entre ingresos y gastos.
Deducciones sobre la renta familiar
De la renta familiar podrán deducirse las cantidades que a continuación se relacionan por los siguientes conceptos:
- 3.000 euros por cada otro miembro de la unidad convivencial y/o familiar que coincida matriculado en titulaciones oficiales de grado o máster universitario en la UD hasta un máximo de 9.000 euros.
- Casos particulares. Instrucciones para el cálculo de miembros computables y renta familiar.
Documentación a presentar
Los estudiantes no residentes en el estado español deberán sustituir la documentación solicitada por los equivalentes en su país de residencia.
1. De carácter personal:
- Certificado de empadronamiento o de vecindad administrativa, que incluirá la relación de todas las personas residentes en el domicilio.
2. De carácter académico:
- Acceso desde Ciclos Formativos de Grado Superior: copia del expediente del ciclo superior donde conste la nota media del mismo.
- Estudiantes que cambian de estudios: copa del expediente académico de los estudios universitarios que abandonan.
3. De carácter económico:
Se deberá adjuntar toda la documentación exigida, según su caso, en el impreso de solicitud.
- Fotocopia completa de la declaración de IRPF 2022 correspondiente al ejercicio fiscal anterior (ultimo cerrado) de todos los miembros computables de la unidad convivencial/familiar. En Bizkaia se deberá entregar el documento de "Cuota Integra" o la simulación de la liquidación del IRPF.
- Si alguno de los miembros de la unidad convivencial/familiar no tuviera obligación de presentar declaración de IRPF, certificado de Hacienda con la imputación de los ingresos de ese ejercicio.
-
Certificado de todos los ingresos habidos en 2022 en la unidad convivencial/familiar, proveniente de paro, pensiones, fondos de promoción, etc. y que no se hallen detallados en la declaración del IRPF.
- En caso de separación o divorcio o disolución del vínculo de pareja de hecho:
- Copia del convenio regulador
- Acreditación del importe actualizado de la pensión recibida o, en su defecto, documentar que no se ha percibido durante el año o copia de la denuncia por impagos de la misma.
- Copia de la declaración del IRPF 2022 del progenitor no custodio, o certificado de Hacienda con la imputación de los ingresos de ese ejercicio.
Plazo y Solicitud
Las solicitudes podrán remitirse en el plazo de presentación señalado, aunque no coincida con el plazo de matrícula.
Los estudiantes residentes en la Comunidad Autónoma del País Vasco y pertenecientes a Familia numerosa, y/o con discapacidad legalmente calificada (del alumno o algún familiar directo), y/o victimas de terrorismo, y/o discapacidad del estudiante o familiar, y/o victima de violencia de género, deberán solicitar, además, las "Bonificaciones sobre Precios Públicos" que otorga el Gobierno Vasco y que se gestionan a través de la Secretaría General de la Universidad.
Plazos
El plazo único de presentación de las solicitudes será
del 1 de junio al 21 de julio de 2023.
Intrucciones para solicitar la beca
IMPORTANTE: Para que la solicitud se considere completa se deberán cumplimentar el formulario datos y documentación. Además, dicha documentación deberá darse como válida por el Servicio de Becas.
ACCESO A LA SOLICITUD: a través de la Secretaría Virtual.
Resolución, comunicación y alegaciones
Resolución
Se emitirá una primera resolución provisional con anterioridad al cobro de la mensualidad de octubre. El descuento asignado se aplicará en cada uno de los pagos mensuales, de octubre a mayo.
La resolución tendrá carácter definitivo transcurrido el plazo de alegaciones y las comprobaciones con las resoluciones efectuadas en las convocatorias generales de las becas de los organismos oficiales pertinentes.
Alegaciones y comunicación
En el plazo de 10 días naturales desde la publicación de la primera resolución realizada sobre su solicitdu de beca, el estudiante prodrá presentar solicitud de reconsideración aportando, en todo caso, nuevos datos que la justifiquen debidamente acreditados, dirigida a la Comisión de Becas Deusto.
Las resoluciones de la Comisión de Becas ante las alegaciones recibidas no serán objeto de reconsideración.